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Desgravamen: ¿Para qué sirve este seguro que podrías estar pagando sin saber? Conócelo aquí

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Un especialista de Asbanc nos explica: Si tiene una tarjeta de crédito con alguna entidad financiera, debe de haber visto en sus estados de cuenta que realiza un pago mensual por un concepto llamado “seguro de desgravamen”. Lo mismo ocurre si cuenta con algún préstamo personal, vehicular o hipotecario.

Contar con el apoyo de un crédito en una institución financiera es una necesidad para muchos, sea para comprar una casa, pagar sus estudios o también para uso de tarjeta de crédito. Como la misma palabra lo explica crédito significa: “Cantidad de dinero u otro medio de pago que una persona o entidad, especialmente bancaria, presta a otra bajo determinadas condiciones de devolución”. Justamente para que los bancos certifiquen que el dinero sea devuelto por los deudores se creó el seguro de desgravamen.

¿CÓMO FUNCIONA?

El seguro de desgravamen se define, en términos simples, como un seguro de vida ‘atado’ a los préstamos que adquiere toda persona natural frente a las entidades financieras, tales como los bancos, las cajas municipales, cajas de ahorro o cooperativas.

“Lo que hace un seguro de desgravamen es cubrir tu deuda en caso de muerte natural, accidental o invalidez permanente. La finalidad de este es que tus familiares no tengan que asumir el saldo de tu deuda con una institución financiera”, explica Eva Céspedes, directora del Sistema de Relación con el Consumidor de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc). De esta manera, la familia del cliente adquiere el beneficio de liberarse de toda responsabilidad económica, ya que el seguro garantiza el pago del saldo deudor.

“Si bien es parte de lo que te ofrecen, uno podría hacer su propia propuesta de seguro de desgravamen, digamos con tu aseguradora”, indica la experta.

En tal sentido, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) especifica que la contratación de este seguro no ha sido determinada como “obligatoria”, aunque la mayoría de empresas sí exigen su contratación como condición para otorgarte un crédito.

¿CÓMO SE RECLAMA?

Este seguro se activa con el fallecimiento del asegurado, o su invalidez permanente si ello también está cubierto.
Los beneficiarios deben saber que este seguro existe para poder tramitar los derechos que les corresponden. Eso sí, es indispensable para el otorgamiento de la cobertura estar al día en el pago de la prima del seguro, que usualmente está incluida en las cuotas del crédito.

Existen dos modalidades, la primera y más utilizada, es el Desgravamen de Saldo Deudor y cubre únicamente el monto adeudado por el asegurado a la institución financiera a la fecha de su fallecimiento.

En la otra modalidad, denominada Desgravamen de Monto Inicial, la aseguradora pagará dos tipos de beneficio: a la empresa financiera le cubrirá el saldo adeudado y a los beneficiarios les entregará la diferencia entre el monto inicial de la deuda y el saldo deudor del crédito.

Muchas personas piensan que los seguros de desgravamen hipotecario son los únicos, pero este seguro se paga también con créditos vehiculares, con créditos de consumo, tarjetas de crédito y otras formas de financiamiento.

La contratación de este seguro no es obligatoria por ley, pero las empresas financieras lo consideran como una condición para poder otorgar varios tipos de créditos. El cliente puede tomar este seguro con la aseguradora sugerida o con cualquier otra de su elección, siempre que la póliza cumpla con los requisitos mínimos establecidos por el banco o financiera.

EXCLUSIONES

Como todo seguro, el de desgravamen tiene exclusiones, es decir, situaciones que la aseguradora no cubrirá; éstas se refieren básicamente a situaciones que aumentan la probabilidad de fallecimiento.

Comúnmente están excluidos el suicidio, la muerte a causa de un accidente en situación de embriaguez o consumo de drogas, a causa de una enfermedad preexistente o por la práctica de un deporte de alto riesgo.

Fuentes: Peru21, Gestión, Publimetro

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Conoce aquí los pasos que debes seguir para independizar tu inmueble

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Tener la independización de manera formal significa tener un inmueble apto para ser comercializado (vender, comprar, hipotecar o alquilar). Por ejemplo, si nos referimos a un edificio, resulta importante porque cada unidad (departamento, cochera y depósito) debe tener su propia partida registral.

Por otro lado, son muchas las familias que comparten una propiedad y que aún no han independizado sus espacios, un paso necesario en caso de querer inscribirlas a su nombre, venderlas o usarlas como garantía.

Independizar un inmueble implica dividir el espacio total de una vivienda en espacios propios para cada uno de los ocupantes, ello genera una partida registral única para cada inmueble. Contar con una independización de manera formal significa tener un inmueble apto para ser comercializado (vender, comprar, hipotecar o alquilar). Si nos referimos a un edificio, cada unidad (departamento, cochera y depósito) deberá tener su propia partida registral.

Este proceso debe realizarse en los Registros Públicos para que cada inmueble tenga su propia partida y correspondiente numeración y nomenclatura.

¿Qué beneficios me genera el independizar un inmueble?

  • Facilita los actos particulares que se desee realizar sobre cada una de ellas.
  • Al independizar una zona o piso, obtengo una partida exclusiva para cada una de ellas.
  • Al contar con una partida para cada piso, por ejemplo, puedo inscribirlo a favor del verdadero propietario: un beneficio no solo económico, sino también moral.
  • Obtención de préstamos otorgando como garantía hipotecaria la zona que he independizado.
  • Puedo vender cada piso independizado y obtener una ganancia.
  • Puedo transferir a favor de mis herederos un espacio físico determinado y evitar futuros conflictos familiares.
  • Facilita la instalación de servicios básicos independientes, pues cada uno contará con un medidor propio de agua, luz y consecuentemente pagará lo que efectivamente gasta.

A continuación te explicamos los pasos que debes seguir para independizar un inmueble.

  1. Accesos privados o salidas al exterior. Antes de iniciar el trámite de independización, cada uno de los espacios previamente divididos deberá contar con un acceso privado independiente hacia la calle.
  1. Elaborar nuevos planos del inmueble. Este debe contar con la información detallada respecto al número de partes en que se dividirá el inmueble, las medidas de cada una de las divisiones y las áreas comunes como el patio o estacionamientos.
  1. Acudir a los Registros Públicos. Una vez que se cuenta con los documentos respectivos, se debe acudir a los Registros Públicos para empezar el trámite de la independización del inmueble a fin de obtener una partida registral por cada parte de la casa.
  1. Título de Propiedad. Una vez concluido este trámite, las partes de la vivienda estarán independizadas. Sin embargo, aún queda pendiente el trámite por la titularidad ya que de no hacerlo los futuros titulares aparecerán como copropietarios. Para ello, se debe acudir a un notario y firmar una escritura pública de división, participación y adjudicación mediante la cual ambos expresan que ceden las partes. Ello deberá ser enviado a Registros Públicos para la inscripción de la titularidad.

¿Qué requisitos solicita la Sunarp para independizar un inmueble?

  • Documento con certificación notarial en el que se describa las características de cada zona o piso a independizar, así como las zonas comunes.
  • Plano de independización, firmado por un ingeniero o un arquitecto, con certificación notarial de firma.
  • Reglamento interno.
  • Pago de derechos registrales.

Se puede tramitar la independización de un inmueble en cualquier oficina de la Sunarp. El trámite incluye la independización de unidades, reducción del predio matriz a zonas comunes, inscripción del Reglamento Interno (regirá las reglas de convivencia), constitución de la  Junta de Propietarios y designación del presidente de la Junta de Propietarios. El plazo para su inscripción es de siete (7) días.

Si se trata de un terreno sin construir, se debe consultar previamente con la municipalidad correspondiente para conocer si esta maneja parámetros establecidos para la división.

Si en un futuro se desea construir por encima de su parte, se puede solicitar una independización de los aires de un inmueble.

Una vez realizado el trámite de independización, se podrá separar el uso de los servicios de agua, luz, teléfono, etc.

Fuente: Sunarp

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Los 3 pasos para abrir un establecimiento comercial en el Perú

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¿Quieres abrir un establecimiento comercial? Formalizarse es un paso necesario para contar con diversos incentivos y beneficios, que permitan que el negocio crezca, se desarrolle y sea competitivo.

Existen 3 principales permisos que necesitas para abrir un establecimiento comercial en el Perú. Uno es requisito para solicitar o adquirir el otro. Aquí los detallamos:

1. Certificado ITSE (Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones) acorde a las características del local. Antes denominado Certificado de Defensa Civil.

Este certificado verifica de manera integral el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en edificaciones, así como las condiciones de seguridad estructurales, no estructurales y funcionales, y del entorno inmediato que ofrecen los objetos de inspección, es realizada con la intervención de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones.

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La finalidad de la Inspección técnica de Seguridad en Edificaciones es prevenir y/o reducir el riesgo debido a un peligro originado por fenómeno natural o inducido por la acción humana, con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado. Hay diferentes tipos de ITSE según el tipo de edificación.

Las Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edificaciones-ITSE, se diferencian por su complejidad en:

  • ITSE Básicas.
  • ITSE Básicas Ex Post (hasta 100 m2).
  • ITSE Básicas Ex Ante (de 101 a 500 m2).
  • ITSE De Detalle.

Por ello según se detalla líneas abajo se deberá acudir a la oficina que corresponda para solicitarla:

Las Oficinas de Defensa Civil de las Municipalidades Distritales, ejecutan Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil Básica Ex Ante y Ex Post y Previa a evento y/o Espectáculo Público con una afluencia hasta 3,000 personas, en su jurisdicción.

Las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos regionales, ejecutan Inspecciones Técnicas de Seguridad en defensa civil de Detalle, Multidisciplinaria y previa a Evento y/o Espectáculo Público con una afluencia mayor a 3,000 personas, en su jurisdicción.

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Por excepción la Oficina de Inspecciones Técnicas para Lima Metropolitana de la Dirección Regional INDECI Costa Centro, ejecuta Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil de detalle, Multidisciplinarias y Previa a Evento y/o Espectáculo Público con una afluencia mayor a 3,000 personas.

2. Licencia de Funcionamiento.

Antes de solicitar la licencia de funcionamiento se debe contar ya con el certificado ITSE. La licencia de funcionamiento es  la autorización que te otorga la municipalidad donde queda tu local para que pueda operar tu negocio. Si bien puede haber requisitos particulares en cada distrito, te contamos el procedimiento a grandes rasgos.

Requisitos para obtener tu licencia de funcionamiento

  • Solicitud con carácter de declaración jurada que incluya número de RUC, DNI o carné de extranjería.
  • Vigencia de poder del representante legal o carta poder con firma legalizada.
  • Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad en defensa civil o multidisciplinaria, según corresponda al tamaño del local y giro del negocio.

De ser el caso:

  • Copia simple del título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud.
  • Informe sobre el número de estacionamientos, si las normas lo requieren.
  • Copia de autorización sectorial, si la ley lo establece.

3. Autorización para instalación de elementos publicitarios

Si deseas colocar tu nombre comercial o tu marca en la fachada de tu local, debes solicitar el permiso para ello. Ojo, antes ya debes contar con la licencia de funcionamiento.

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Pero, ¿qué requisitos se debe cumplir para instalar un letrero en la fachada del negocio?

En el caso de la Municipalidad de Lima, para contar con la autorización para anuncios y avisos publicitarios (sólo letreros, letras recortadas, placas y toldos), se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Presentar Formulario Gratuito de Solicitud-Declaración Jurada consignando número de RUC, debidamente llenado.
  • Exhibir documento de identidad del solicitante o representante.
  • Pagar la tasa municipal correspondiente.
  • Adjuntar fotomontaje del elemento de publicidad exterior, que se instalará en el local, aparte de tres fotografías, una del inmueble sin anuncio, una con el fotomontaje y otra del entorno.
  • Formato indicando tipo del anuncio, materiales, leyenda, colores, dimensiones y ubicación.
  • Presentar documento acreditando vigencia de poder del representante legal, en caso de personas jurídicas, y para el caso de personas naturales carta poder con firma legalizada.

» Más información sobre este permiso aquí

» Información sobre trámites de Licencias y Autorizaciones Municipales aquí

Fuentes: gestión.pe, pymex.pe, pqs.pe, sunat.gob.pe, munlima.gob.pe

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Modelo de contrato, carta notarial y pasos a seguir para iniciar demanda de desalojo

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El Desalojo es definido como el proceso judicial que tiene por finalidad la desocupación de un bien inmueble, por haber vencido el contrato de arrendamiento, por adeudar 2 meses y 15 días de alquiler, o por no tener un título que justifique su posesión (poseedor precario).

Tenemos entonces que las razones más comunes por las que se suele solicitar un desalojo son:

  1. Cuando se ha vencido el plazo del contrato de arrendamiento y el inquilino se niega a abandonar el predio.
  2. Cuando el inquilino no cumple con el pago de las cuotas mensuales acordadas por más de dos meses y quince días.

El poder judicial en el Perú establece los siguientes requisitos y procedimientos:

Requisitos:

  1. Conciliación Extrajudicial (requisito exigible por ley).
  2. Demanda firmada por el demandante (arrendador) y abogado.
  3. Copia simple del DNI del demandante.
  4. Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación).
  5. Cédulas de notificación suficientes (abonar en el Banco de la Nación).
  6. Documentos que acrediten la propiedad o posesión.
  7. Contrato de arrendamiento que acredite el vencimiento del contrato o sustente la falta de pago.

Procedimiento:

  1. Presentación de la demanda.
  2. Espera de 5 días.
  3. Contestación de la demanda.
  4. Espera de 10 días.
  5. Audiencia Única y Sentencia
  6. Desalojo o Lanzamiento

ENTONCES LOS PASOS A SEGUIR PARA INICIAR UN PROCESO JUDICIAL POR DESALOJO SERÍAN LOS SIGUIENTES:

1. CARTA NOTARIAL. El primer paso es tramitar una carta notarial por desalojo de vivienda.
Esta carta debe ser breve y sencilla, conteniendo la ubicación exacta del inmueble en cuestión, así como la partida registral adjunta. Deberá exponer las razones por las que se está solicitando la desocupación del inmueble y establecer un plazo para ello. Una vez redactada la carta por desalojo se deberá acudir a una notaría para imprimirle valor legal.

[ Descarga aquí el modelo de carta notarial por desalojo de vivienda ]

2. AUDIENCIA CONCILIATORIA EN JUZGADO DE PAZ LETRADO. Si enviada la carta notarial por desalojo al inquilino moroso, este se sigue negando a abandonar el inmueble, el propietario deberá solicitar una audiencia conciliatoria acudiendo al *Juzgado de Paz Letrado correspondiente al distrito donde está registrado o se ubica el inmueble. Según los requisitos de ley, es imprescindible que se agoten los recursos de conciliación antes de establecer un proceso judicial. La etapa de conciliación de agota o se da por culminada cuando:

  • Las partes llegan a un acuerdo.
  • Las partes no llegan a ningún acuerdo.
  • El demandado no acude a las citaciones de conciliación por 2 veces consecutivas.

3. DEMANDA POR DESALOJO.Una vez culminada la fase de conciliación se podrá anteponer una demanda y comenzar con el proceso judicial por desalojo.
La demanda debe contar con los requisitos señalados por la ley en el artículo 424 y 425 del texto único ordenado del código procesal civil.
En esta etapa, el propietario deberá indicar las razones de la demanda sustentarlas con todas las pruebas posibles, entre ellas son indispensables los siguientes documentos: contrato de arrendamiento, título de propiedad, actas de compromiso del inquilino, entre otros.

Descarga aquí el nuevo Modelo de Contrato de Arrendamiento con Cláusula de Allanamiento ]

4. AUDIENCIA ÚNICA Y SENTENCIA. Una vez interpuesta la demanda el inquilino tiene un plazo de 5 días para hacer llegar su contestación. Luego de los siguientes 10 días, se fijará una fecha de audiencia única para que las partes presenten sus respectivos descargos en compañía de sus abogados.

Realizada la audiencia, el juez dará sentencia, declarando fundada o infundada la demanda por desalojo. De este modo la demanda podrá quedar “consentida” si las partes no apelan o “ejecutoriada” si las partes apelan pero el juez se pronuncia definitivamente.

5. DESALOJO O LANZAMIENTO. En ambos casos, la demanda quede consentida o ejecutoriada, se procederá al desalojo del inquilino o, en términos legales, a el llamado “lanzamiento”.

El lanzamiento se ordenara por pedido de parte luego de 6 días de notificado el decreto que declara consentida la sentencia o lo que ordena se cumpla lo ejecutoriado. (Art 592ºCPC).

El lanzamiento se ejecutara contra todos los que ocupen el predio, aunque no hayan participado en el proceso o no aparezcan en el acta de notificación. Se entiende efectuado el lanzamiento solo cuando se hace entrega al propietario del inmueble, con todos sus bienes integrantes en buen estado, y totalmente desocupado.

Si dentro de los 2 meses siguientes al lanzamiento se acredita que el inquilino desalojado ha vuelto a ingresar al predio, el demandante puede solicitar un nuevo lanzamiento (art. 593 del CPC).

DATOS CLAVE:

  • ¿Qué es un *Juez de Paz Letrado en el Perú? Interviene como conciliador y contribuye a que las personas resuelvan sus conflictos de modo directo. De no llegar a un acuerdo, el Juez de Paz ejerce funciones jurisdiccionales y por lo tanto puede emitir sentencia. En cuanto a lo Civil, acoge casos de alimentación, desalojos e interdictos.
    En lo Penal, puede imponer sanciones como servicios a la comunidad, multas por faltas contra la persona, contra el patrimonio (robo), contra las buenas costumbres y contra la tranquilidad y la seguridad pública. También tiene la facultad de detener a una persona hasta por 24 horas, para luego formular la denuncia correspondiente, de ser el caso, al Ministerio Público.
  • Sanciones para los arrendatarios. Se establece que los arrendatarios u ocupantes que se apropien de los bienes integrantes de los inmuebles arrendados (acabados, aparatos, muebles empotrados, servicios higiénicos, llaves de agua y luz, puntos de luz, entre otros), deben ser denunciados y sancionados penalmente por la comisión de delitos contra el patrimonio.
    Por otro lado, en caso de proceder el desalojo, los costos del proceso son asumidos por el arrendatario.

Fuentes: abogadosinmobiliarios.pe, minjus.gob.pe, pj.gob.pe, wikipedia, laley.pe. *El abogado Roberto Miranda Moreno y conductor del programa “Se hará justicia” compartió este modelo de contrato de arrendamiento con cláusula de Allanamiento aquí incluida.

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