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¿Qué conviene más? ¿Comprar en planos, de estreno, en uso o autoconstruir?

Muchas veces cuando pensamos adquirir una vivienda en lo primero que pensamos es en cómo obtener el financiamiento, cómo debe ser la casa de nuestros sueños o dónde debería estar ubicada. Pero lo que nunca hacemos es pensar qué nos conviene más: comprar el espacio y construir la vivienda por nuestra cuenta, comprarla en planos, en estreno o con algunos años de antigüedad.

Aquí algunas preguntas básicas que debemos hacernos antes de adquirir una vivienda:

¿Qué necesito y cuándo?

Una de las primeras cosas que se debe hacer es tener en claro las prioridades. Si necesitas tener el espacio lo antes posible, lo mejor será adquirir un departamento ya hecho frente a comprar uno en planos. O si dispones de poco efectivo, comprar un terreno y construir algunas veces no resulta la mejor alternativa. Para comprar en planos, siempre hay que pensar en plazos de entrega largos, de un año a más.

¿Cuál es la mejor opción?

Los especialistas afirman que comprar en planos es la mejor opción. No solo se pueden escoger los  acabados, sino también elegir los mejores departamentos del edificio, modificar algunas partes de la construcción (dentro de los parámetros permitidos) y encontrar el inmueble a un precio más económico que los que se manejan en una preventa; además estos inmuebles tienen una revalorización que fluctúa entre 18% a 20%. El punto que juega en contra es el tiempo. Muchas veces se tiene que esperar un poco más de un año para ver el proyecto terminado.

Los riesgos que podrían surgir de adquirir un inmueble en planos, son la demora en la entrega, cambios en las estipulaciones del contrato o, en el peor de los casos, encontrarse con una falsa constructora.

Autoconstrucción: Casa a tu gusto.

Muchas familias consideran que comprar un terreno y construir es una buena opción ya que da la libertad de poder armar la casa a su gusto y cerciorarse de la calidad de los materiales. Además, de crecer la familia, se pueden hacer las modificaciones que sean necesarias.

Pero, si bien es cierto que la autoconstrucción puede resultar entre 15% y 20% más barato que comprar un inmueble ya construido, cuando se suman los costos del terreno la inversión inicial siempre va a resultar mayor.

A esto debe agregarse el tiempo que se destinará a la construcción, ya que al depender de la disponibilidad de efectivo de la familia, muchas veces la edificación toma más meses que los estimados.

¿De estreno o en uso?

Si no se quiere esperar mucho tiempo para tener un departamento, la mejor opción es comprar algo ya construido. Pero, la gran pregunta es si conviene adquirir algo en estreno o con algunos años de antigüedad. Pues todo depende. El costo de un inmueble ‘viejo’ puede ser entre 20% y 30% más económico que uno nuevo.

Sin embargo, el estado del departamento antigüo puede incrementar el precio inicial por las reformas a realizar. Se calcula que un departamento de segunda puede resultar hasta el 3% del costo del inmueble por el gasto que implican los arreglos y trámites a efectuar. Recuerde que, para mantener la rentabilidad,  el costo de las reparaciones no debe superar el 10% del valor del inmueble.

Para algunos especialistas lo recomendable, cuando de comprar departamentos de segunda se trata, es adquirir un inmueble de máximo 10 años de antigüedad. Otros son más exigentes y recomiendan uno de no más de cinco años. Todo dependerá del estado en el que se encuentre.

Fuente: El Comercio

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“Viviendas de segundo uso” se incluirían en nueva modalidad de alquiler-compra

Esta semana, una noticia hizo revivir el anhelo de tanta gente que desde hace mucho tiempo viene ahorrando con esfuerzo para poder pagar una inicial y acceder al crédito hipotecario que le permitiría al fin hacer realidad el sueño de la casa propia.

En mayo de este año el Congreso de la República emitiría la ley del leasing inmobiliario por la cual las personas podrán adquirir una vivienda sin tener que abonar la cuota inicial e ir pagándola a modo de alquiler venta.

Gerardo Freiberg, gerente general del Fondo Mivivienda, afirmó que hasta 30 mil peruanos podrían acceder a una vivienda por este mecanismo en el presente año.

En este sentido, precisó que con el fin de abaratar el precio de los inmuebles y reducir el tiempo que se tenga que pagar las cuotas mensuales, se incluirán dentro de este nuevo programa a las viviendas de segundo uso.

“Comúnmente el tiempo que se tiene que abonar las cuotas mensuales es entre 15 a 20 años; al incluir a las viviendas de segunda mano, este se reduciría significativamente”, señaló el funcionario del Fondo Mivivienda.

Entre los beneficios que traería la aplicación del leasing estaría impulsar el crecimiento del sector Construcción, golpeado por la desaceleración de la economía peruana en el 2014.

El gerente del Fondo Mivivienda dijo que el impacto del novedoso mecanismo para hacer realidad el sueño de la casa propia en el sector, dependerá de cuándo se emita la norma.

“Si el Congreso promulga la ley del leasing en la presente legislatura, desde el segundo semestre del año las familias podrán adquirir sus viviendas a través de este mecanismo, pero esta cifra bajará si se demoran en emitir la norma”, dijo.

20 años como máximo duraría el pago de las cuotas.

OPINIONES Y DEBATE

Hay algunos expertos de sector que ya han mostrado su preocupación por esta ley. El debate se enciende.

Por su parte, Mauricio Grieve, gerente general de Modus, advirtió que el hecho de que no haya el concepto de la cuota inicial y esta sea prorrateada en el pago mensual, podría hacer que las cuotas a pagar sean más elevadas.

El congresista y ex ministro de Vivienda, Carlos Bruce también advirtió este problema. “Que no haya cuota inicial incrementa significativamente el precio de la mensualidad, debe precisarse cómo se evitará esto”, insistió el legislador.

En respuesta a lo anterior, Freiberg precisó que la tasa de interés que cobren los bancos será igual o menor a la de las actuales hipotecas, según lo demuestran las experiencias internacionales.
Por ejemplo el 14% del total de viviendas vendidas en Colombia durante el 2014 fueron financiadas por el mecanismo del leasing. En Chile la penetración de este programa es muy parecida.

«Toda iniciativa que permita comprar vivienda a la gente que no tiene será bienvenida, salvo que favorezca a los grupos empresariales». Yohny Lescano, Congresista

«Cualquier propuesta que venga del Ejecutivo y esté destinada a los sectores menos favorecidos es bien recibida. Creo que esta norma es positiva». Leonidas Huayama, Congresista

«No creo que el leasing sea la solución al problema de vivienda en el país. Si el ministro viene y explica sus alcances se podría promulgar pronto». Carlos Bruce, Congresista

¿Y tú qué opinas? ¿Estás a favor o en contra de esta nueva ley del leasing inmobiliario?

Fuente: La República

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Nueva modalidad de alquiler-compra permitiría el acceso a viviendas sin el pago de la cuota inicial

El Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Milton Von Hesse explicó que este leasing inmobiliario se dará mediante el sistema de alquiler-compra. Beneficiaría a 400 mil familias peruanas e impulsaría la recuperación del sector construcción.

Con el fin de dinamizar el acceso de las familias peruanas a un inmueble, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento planteó aprobar una «Ley del leasing», que –estiman– sería expedida antes de mayo.

Comprar un departamento o casa conlleva, el problema de conseguir la cuota inicial para acceder a un crédito hipotecario y poder financiar la vivienda soñada.

Milton von Hesse, titular de esta cartera, explicó que por el leasing o alquiler-venta se podrá acceder a una vivienda sin una cuota inicial (la misma que será prorrateada), lo cual permitirá que más familias cumplan el sueño de la casa propia.

De entrar en vigencia la norma, serán 400 mil familias peruanas las beneficiadas.

El ministro sostuvo que este mecanismo no solo favorece a los ciudadanos sino también a las empresas, porque de no percibir las cuotas puntualmente podrían revender la casa sin perder su inversión inicial.

Von Hesse confirmó que ya conversó con los representantes de los principales gremios constructores (entre los cuales se encuentra Capeco) y estos manifestaron su aceptación a la propuesta.

«Por el momento ya tenemos un primer borrador de la norma, que debería pasar al Legislativo para su discusión y aprobación. Es una norma positiva, pues va a abrir el mercado del alquiler de inmuebles, que es tan reducido en nuestro país, donde la mayoría de casas que se construyen están destinadas a la venta», indicó.

Agregó que este mecanismo surge como una interesante alternativa ante la perspectiva de que los precios de los inmuebles no se reducirán en el mediano plazo.

Quienes además jugarán un rol protagónico en la aplicación de este mecanismo de venta-alquiler serán los bancos y las entidades financieras, pues el éxito del programa dependerá de las tasas que ellos propongan.

Von Hesse destacó que este año, por efectos del mercado cambiario, los créditos en soles se van a disparar y que de lograr un éxito rotundo con el proyecto del leasing inmobiliario el mercado (golpeado por la crisis del año pasado) lograría repuntar.

¿De qué trata el sistema de alquiler-venta?

Con el mencionado leasing el usuario pactará con la entidad financiera un número de cuotas a pagar como alquiler, en un período de entre 10 a 20 años, tras lo cual el usuario tendrá la opción de compra del inmueble, pagando un adicional sobre el saldo del valor de la vivienda.

Esta alternativa ayudará a las personas que no cuentan con los recursos suficientes para una cuota inicial de un crédito hipotecario. También ayudará a las personas que no tienen ingresos regulares y no califican para un crédito tradicional.

Fuente: La República, Perú21, Pymex

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10 pasos a seguir para comprar o vender un inmueble

1.- Busca un agente inmobiliario de tu confianza, pues te ahorrará tiempo y dinero. Ellos tienen una amplia cartera de propiedades y clientes, conocen los precios del mercado, te ayudan con los trámites y actúan como intermediarios entre el comprador y el vendedor. También puedes vender tu mismo la propiedad directamente, lo que requerirá de tu dedicación y tiempo.

2.- Oferta Final. Una vez que has encontrado la propiedad deseada, el agente inmobiliario (o tu) negociará con los propietarios tu oferta sobre el inmueble y probablemente recibirás una contraoferta, hasta llegar a una cifra conveniente para ambos. El agente es un intermediario neutral. Su interés está puesto en que la negociación culmine con éxito y debe de llevarla a un punto medio en el cual se beneficien ambos: comprador y vendedor.

3.- Documentos. Una vez aceptada la oferta, el comprador debe pedir los siguientes documentos:
-Certificado de Gravamen
-Títulos de Propiedad
-Declaración de Autoavalúo Municipal
Estos tres documentos deben ser revisados por un abogado.

4.- Contrato de Arras o una Minuta de Compraventa. Una vez que se verifica con los Títulos de Propiedad que el vendedor es realmente el dueño y con el Certificado de Gravamen se comprueba que la propiedad no tiene ninguna hipoteca, embargo o cualquier otra carga que impida su venta, se procede a hacer un Contrato de Arras o una Minuta de Compraventa.

El Contrato de Arras es un documento por el cual el comprador entrega el 10% (negociable) del precio de venta acordado. Este contrato debe especificar el precio de la venta, los plazos para hacer la minuta y escritura y la fecha de entrega de las llaves del inmueble. En los Contratos de Arras Confirmatorias, si el cliente desiste de comprar, pierde las arras, y si el vendedor desiste de efectuar la transacción, tiene que devolver las arras por el doble de su valor (10% x 2, condiciones establecidas en el código civil).

5.- La Minuta o Contrato de Compraventa es el documento mediante el cual se transfiere la propiedad del bien, y de acuerdo a la ley peruana, debe ser firmada por un abogado. Apenas se firma la minuta, se debe solicitar el bloqueo de la propiedad al notario.

6.- La entrega de Llaves de la Propiedad. La Minuta de Compraventa se lleva ante un notario para que dé fe de los pagos y la eleve a Escritura Pública. Al momento de firmarse la escritura, se cancela el precio total de la transacción, previa entrega, por el vendedor, de todos los recibos pagados hasta esa fecha, tales como luz y agua, y teléfono y mantenimiento si fuera el caso; también los arbitrios municipales cancelados hasta el momento de la transacción y el impuesto predial por el año completo. En ese momento se hace entrega de las llaves al nuevo propietario.

7.- Inscripción en Registros Públicos. El notario debe inscribir esta escritura en la Oficina Registral de Lima y Callao para que la propiedad figure legalmente a nombre del comprador.

8.- Alcabala. Dentro de los 3 días de la fecha de la minuta, el vendedor debe descargar esta propiedad en la municipalidad que corresponda y el comprador la inscribirá a su nombre. En caso de que el inmueble sea nuevo, el comprador pagará el Impuesto General a las Ventas (IGV); si es una segunda venta, pagará el Impuesto de Alcabala en la municipalidad, que es equivalente al 3% del valor del autoavalúo.

9.- Gastos notariales. Todos los gastos notariales y registrales, de acuerdo a la ley peruana, corresponden al comprador.

10.- Honorarios del agente inmobiliario. Los honorarios o comisión del agente inmobiliario corresponden al vendedor y se basan en un porcentaje del valor de venta del inmueble, actualmente es mínimo aprox. 3%.

Fuente: upsjb.edu.pe


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