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Con ley de leasing se accederá a una hipoteca sin estar en planilla

La norma contempla un Registro Administrativo para Vivienda (RAV), el que serviría para que las familias que alquilan una casa o departamento formen su historial crediticio.

Uno de los requisitos que la mayoría de bancos pedía a las personas que solicitaban un crédito hipotecario es demostrar un ingreso regular y estar dentro de una planilla, algo que, en la actualidad, solo cumplen el 30% de los peruanos, el otro 70% de trabajadores son informales o trabajan independientemente y no cuentan con planilla.

Sin embargo, con la entrada en vigencia de la «ley de arrendamiento» (que contempla el leasing inmobiliario y el alquiler – venta de viviendas) esto ya no sería una traba para que las personas que tengan ingresos irregulares accedan a este tipo de préstamos, pues la norma contempla un Registro Administrativo para Vivienda (RAV), el que serviría para que las familias que alquilan una casa o departamento formen su historial crediticio. Este RAV será administrado por el Fondo Mivivienda.

“El Fondo Mivivienda tendrá una participación muy activa, porque además de tener todo el registro de inquilinos, canalizará la información de la oferta inmobiliaria para las personas interesadas en adquirir una vivienda”, explicó el titular del MVCS.

Agregó que la entidad orientará a las familias a escoger la modalidad más conveniente para acceder al sueño de la casa propia.

El ministro remarcó que la norma, a emitirse en los próximos días, beneficiará a 30 mil familias en el primer año de vigencia.

“Es una modalidad muy simple. Se paga un pequeño derecho por habitar una vivienda nueva y a partir de ahí se ingresa a un esquema de alquiler donde al final del periodo de pago se tiene la opción de compra”, precisó el ministro von Hesse.

Entonces tenemos que este mecanismo de alquiler-venta permitirá a las personas acceder a una vivienda firmando un contrato de alquiler-venta. Éste es un contrato de alquiler por dos a tres años que permitirá a una familia mudarse a una vivienda sin pagar cuota inicial. Si cumplido el plazo del alquiler la familia demostró buena conducta de pago, el banco aprueba un crédito hipotecario y el contrato de alquiler se convierte en una compraventa.

De acuerdo al proyecto de ley del Régimen de Promoción del Arrendamiento para Vivienda, el RAV no sustituye ni reemplaza al Registro de Predios de la Sunarp y será de público conocimiento con el objetivo de que los agentes puedan verificar previamente la buena conducta contractual con quienes suscribirán contratos. Por eso, sostuvo que las entidades financieras evaluarán de forma periódica mediante alquiler a sus potenciales clientes, y para eso el RAV es una buena medida, pues será de conocimiento público.

Si bien, el ministro consideró que el leasing es una buena medida, ya que permite el acceso de forma inmediata a la vivienda, por otro lado también recalcó que uno de los obstáculos es que tanto el constructor como el banco serán los dueños de la propiedad hasta que se cancele todo el costo del inmueble, ya que esto asegura la inversión de las empresas y permitirá el desalojo sin acudir al Poder Judicial, en caso exista una morosidad que sea mayor a los tres meses.

Para esta semana ya se espera la publicación de la ley de arrendamiento en el diario oficial y para antes de fin de mes la publicación del reglamento respectivo.

El registro de arrendamiento beneficiará a 30 mil familias en el primer año de vigencia.

Fuentes: La República, Gestión

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